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lunes, 24 de enero de 2011

Facturación electrónica: hoy y mañana

factura electrónica, gestión documental, firma electrónica
El artículo 1 de la Ley 56/2007, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, define la factura electrónica como “un documento electrónico que cumple con los requisitos, legal y reglamentariamente exigibles a las facturas y que, además, garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, lo que impide el repudio de la factura por su emisor”.

En términos informáticos, la factura electrónica consiste en un fichero con el contenido exigido por ley a cualquier factura, que se puede transmitir de emisor a receptor por medios telemáticos (de un ordenador a otro) y que posee unas características que aseguren la autenticidad e integridad de las mismas.

No obstante, existe todavía una gran desconfianza por parte de los intervinientes en las transacciones telemáticas. Para dotar de seguridad a las comunicaciones por internet surge, entre otros, la firma electrónica. La firma electrónica constituye un instrumento capaz de permitir una comprobación de la procedencia y de la integridad de los mensajes intercambiados a través de redes de telecomunicaciones basándose en fechas electrónicas.

Autor:
Luis A. Casas García-Valdecasas

Fuente:
revistagestiondocumental.com

Si quieres saber más detalles de la factura electrónica puedes seguir leyendo el artículo completo en La actualidad y el futuro de la facturación electrónica

martes, 16 de febrero de 2010

La función Hash y la seguridad de la firma digital


La firma digital se va imponiendo cada vez más en nuestra vida, va introducieéndose en la Administración y se emplea en los negocios. Pero ¿cómo se hace? ¿qué es la función Hash?

La explicación la puede encontrar en el artículo dedicado a ello en la web de Infocopy.

martes, 22 de diciembre de 2009

Más lectores de DNI gratuitos

El Ministerio de Industria distribuirá más de 200.000 paquetes informativos del DNI electrónico a través de tiendas y grandes superficies.

Coincidiendo con el periodo navideño, la distribución se realizará a partir del 23 de diciembre a través de más de 70 tiendas y grandes superficies Carrefour de Andalucía, Castilla La Mancha, Extremadura, Galicia, Murcia y Comunidad Valenciana.

Cada pack será gratuito, e incluirá un lector de DNI electrónico, un CD con el software necesario para su utilización desde cualquier ordenador y abundante información sobre sus utilidades y ventajas.

La distribución se desarrollará a través de la empresa colaboradora Tractis, seleccionada por red.es mediante procedimiento público.

A través de www.tractis.com/red-es o www.usatudni.es puede consultarse la lista completa de tiendas y grandes superficies colaboradoras en la distribución de lectores.

Leer la noticia completa en http://www.facturacionelectronica.info/el-ministerio-de-industria...

Fuente: www.facturacionelectronica.info

martes, 15 de diciembre de 2009

Administración electrónica para el Ayuntamiento de Zaragoza

Los ciudadanos que posean un DNI electrónico o un certificado digital reconocido por la Agencia Tributaria podrán efectuar a partir del 1 de enero por internet todos los trámites que ahora efectúan en las ventanillas del Ayuntamiento de Zaragoza. La entrada en vigor de la Ley de Administración Electrónica es la culpable de estos cambios que persiguen la eliminación de la burocracia administrativa y la agilización de los trámites municipales.

La intención del equipo de gobierno PSOE-PAR es aprobar en el 2010 una ordenanza de administración electrónica y extender a todos los funcionarios una tarjeta con certificado digital que eliminará la firma con bolígrafo sobre el papel y autentificará su trabajo en la red. Además, obligará al consistorio a crear un registro telemático y a modificar la página web www.zaragoza.es para facilitar todos los trámites vía internet.

A partir de enero, ya no será necesario guardar fila para solicitar una licencia de obras o presentar una instancia para, por ejemplo, presentarse a una oposición. Los documentos se enviarán por la red interna.

La ventaja no será exclusivamente poder hacer los trámites sin moverse de casa, sino también la agilidad en la resolución de los expedientes. Para ello hay que dotar de escáneres a todos los puntos de entrada de papel de las dependencias municipales para que se incorporen a los expedientes en formato digital.

Puedes ver la noticia completa en www.elperiodicodearagon.com

lunes, 23 de noviembre de 2009

El reglamento de desarrollo de la ley de Administración Electrónica

El pasado 18 de noviembre se publicaba en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1671/2009, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. El Reglamento es de transcendencia general, pues sus disposiciones son de aplicación a las relaciones de los ciudadanos con la Administración General del Estado y los organismos públicos vinculados o dependientes de ésta.

En el reglamento se establece que todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de la Administración Pública o de los ciudadanos por medios electrónicos, se realizarán a través de las sedes electrónicas que dichos órganos deberán haber creado.

La sede electrónica es aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias.

Para la identificación y autenticación tanto en el acceso electrónico de los ciudadanos como de las propias sedes electrónicas y de las comunicaciones que realicen los órganos de la Administración General del Estado u organismos públicos, se admite como medio universal los dispositivos de identificación y firma electrónica asociados al documento nacional de identidad, así como otros medios de autenticación que cumplan con las condiciones de seguridad y certeza necesarias para el normal desarrollo de la función administrativa.

Ver el texto completo sobre el reglamento de la Administración Electrónica aquí